{"id":6833,"date":"2021-07-09T09:20:00","date_gmt":"2021-07-09T09:20:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.pkf-attest.es\/?post_type=noticias&p=6833"},"modified":"2024-01-04T12:30:46","modified_gmt":"2024-01-04T12:30:46","slug":"nuevas-sanciones-previstas-por-incumplimiento-de-la-ley-de-teletrabajo-10-2021-de-9-de-julio","status":"publish","type":"noticias","link":"https:\/\/www.pkf-attest.es\/noticias\/nuevas-sanciones-previstas-por-incumplimiento-de-la-ley-de-teletrabajo-10-2021-de-9-de-julio\/","title":{"rendered":"Sanciones por incumplimiento de la Ley de Teletrabajo 10\/2021"},"content":{"rendered":"\n

El pasado 1 de octubre de 2021 ha entrado en vigor la normativa que establece sanciones por incumplimiento de la Ley 10\/2021, de 9 de julio<\/a>, de trabajo a distancia.<\/p>\n\n\n\n

Las sanciones por infringir dicha norma pueden ir desde los 70 hasta los 225.000 euros y se asocian a incumplimientos del contenido del Acuerdo de Teletrabajo que deber\u00e1 recogerse en el anexo al contrato de trabajo firmado por empresa y trabajador, en el que se regula la forma en la que se llevar\u00e1 a cabo la modalidad del trabajo a distancia.<\/p>\n\n\n\n

La Ley 10\/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, recoge unos contenidos m\u00ednimos que deben recogerse en dicho acuerdo, as\u00ed como los medios que se van a utilizar y los gastos generados por trabajar a distancia y el horario y calendario de teletrabajo.<\/p>\n\n\n\n

Si no se dieran los medios necesarios para el teletrabajo, atendiendo a la gravedad de la falta, la sanci\u00f3n puede ser leve, grave o muy grave:<\/p>\n\n\n\n