Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 6/2020, del Consejo de Gobierno Foral de Álava de 12 de mayo, por el que se aprueba la adopción de nuevas medidas tributarias relacionadas con el COVID-19 (BOTHA 13/05/2020).
Queremos resaltar la ampliación de los plazos para la presentación de las declaraciones periódicas mensuales correspondientes a los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2020, el fraccionamiento especial de medidas tributarias (ver calendario al final de este página) y las medidas extraordinarias de flexibilización de ciertos tratamientos tributarios en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades.
Notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos.
Entrará en vigor el 7 de septiembre de 2020
Plazo para interponer recursos y reclamaciones
Desde el 1 de junio de 2020
Plazo para la presentación y pago de liquidaciones y autoliquidaciones que no se presentan de modo recurrente.
Desde el 1 de junio de 2020
Plazos de presentación de determinadas liquidaciones y autoliquidaciones
- Mensuales mes de FEBRERO de 2020 se extenderá hasta el 5 de junio de 2020, incluido este día.
- Mensuales mes de MARZO de 2020 se extenderá hasta el 15 de junio de 2020, incluido este día.
- Mensuales mes de ABRIL de 2020 se extenderá hasta el 25 de mayo de 2020, incluido este día.
- Mensuales mes de MAYO de 2020 se extenderá hasta el 5 de julio de 2020, incluido este día.
Las obligaciones relacionadas con el suministro inmediato de información y demás obligaciones similares de información periódica a la Hacienda Foral deberán estar al día con fecha de 30 de junio de 2020.
Fraccionamiento especial de determinadas deudas tributarias
Lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 2/2020 “posibilidad para micros y pequeñas empresas de hacer frente a la deuda tributaria, sin presentación de garantías ni pago de intereses de demora, con posterioridad al 1 de junio de 2020, mediante la solicitud de un fraccionamiento de 6 cuotas mensuales de idéntico importe, venciendo el primer plazo de dicho fraccionamiento en el mes de julio de 2020”
también se aplicará a las deudas tributarias resultantes de las autoliquidaciones a que hace referencia el apartado anterior siempre y cuando se presente la correspondiente autoliquidación y se solicite el fraccionamiento antes del 1 de junio de 2020.
MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE FLEXIBILIZACIÓN DE CIERTOS TRATAMIENTOS TRIBUTARIOS
Impuesto sobre Sociedades
- Libertad de amortización y amortización acelerada para elementos del inmovilizado en construcción: 12 meses
- Reinversión de beneficios extraordinarios: 1 año
- Reserva especial para el fomento del emprendimiento y el reforzamiento de la actividad productiva: 1 año
- Reglas específicas para la participación en proyectos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica
- Reserva especial para nivelación de beneficios: un período impositivo
- Plazo de reposición a efectos de la aplicación de ciertas deducciones: 6 meses
IRPF (Vivienda habitual)
- Ampliación del plazo para la materialización de las cantidades depositadas en cuentas destinadas a la adquisición de vivienda habitual: 7 años
- Ampliación del plazo para la adquisición de vivienda habitual en construcción: 5 años
- Ampliación del plazo de reinversión en los supuestos de transmisión de la vivienda habitual: 3 años
- Plazo para la ocupación efectiva y permanente de la vivienda habitual: 6 meses
- Concepto de vivienda habitual a efectos de determinadas ganancias patrimoniales exentas: hasta cualquier día de los tres 3 anteriores a la fecha de transmisión
A continuación añadimos un cuadro resumen de obligaciones y plazos en las diferentes Administraciones tributarias, en las que se recogen las de Álava (actualizado el 13/05/2020):