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· 15 de marzo de 2022 ·

Nuevo Régimen Sancionador por contratación temporal fraudulenta

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Tal y como ya apuntamos en una entrada anterior, el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reforma laboral tenía entre sus principales objetivos reducir la excesiva tasa de temporalidad que afecta a nuestro mercado laboral.

Además de la eliminación de figuras como el contrato por obra o servicio determinado y la limitación al uso del contrato eventual por circunstancias de la producción, la nueva normativa hace una apuesta decidida por la utilización de la contratación indefinida, y más concretamente de la figura del contrato fijo-discontinuo para atender las necesidades que anteriormente se atendían mediante contratos temporales.

Entre la batería de medidas puestas en marcha para lograr el objetivo de reducir la contratación temporal, la Reforma Laboral ha modificado la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) para establecer que cuando se infrinja la normativa sobre contratación temporal se considerará una infracción por cada una de las personas trabajadoras afectadas.

Adicionalmente se ha modificado la LISOS para establecer que las anteriores infracciones se sancionarán con multas que pueden ir de 1.000 euros en grado mínimo a 10.000 euros en grado máximo.

Conforme a la vacatio legis de 3 meses  establecida por el Real Decreto-ley 32/2021, la nueva regulación de las modalidades contractuales temporales entra en vigor el 30 de marzo de 2022, por lo que a partir de dicha fecha la Inspección de Trabajo podría comenzar a revisar las contrataciones realizadas a la luz de la nueva normativa e imponer las sanciones conforme a los parámetros indicados.

Por lo tanto, aquellas empresas que han venido haciendo un uso habitual y, quizás excesivo  de la contratación temporal deberían hacer un análisis crítico de sus fórmulas actuales de contratación y de los riesgos que asumirán si lo mantienen, ya que asegurarse de que cada contrato de duración determinada se celebra adecuadamente y con justificación suficiente para soportar el análisis exigente de una inspección o una demanda, pasa de ser algo prescindible a ser algo que puede ser esencial en el futuro de la empresa.

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