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Legal

La AEPD promueve agilizar la resolución de reclamaciones en materia de publicidad

· 19 de enero de 2023 ·

Este sistema aplicará a los tratamientos de datos con fines publicitarios o que versen sobre publicidad que realicen las entidades adheridas.

Contenido

  • La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha aprobado la modificación del Código de Conducta de AUTOCONTROL “Tratamiento de datos en la actividad publicitaria”, que recoge una vía para resolver de forma más ágil las reclamaciones en materia de protección de datos y publicidad que puedan plantear los ciudadanos. Las operadoras de telefonía Másmóvil, Orange, Telefónica y Vodafone se han adherido hoy a este código de conducta, abierto a todas las empresas que desarrollen actividades publicitarias.
  • Los códigos de conducta, cuya adhesión es voluntaria pero vinculante, constituyen una muestra de autorregulación. En materia de protección de datos, son mecanismos de cumplimiento en los que se establecen reglas específicas para categorías de responsables o encargados del tratamiento con la finalidad de contribuir a la correcta aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • El RGPD establece que todos los códigos de conducta deben designar un organismo de supervisión que actúe con plena independencia tanto del promotor del código como de las entidades adheridas, y que debe ser acreditado por la autoridad de control. En este caso, se mantiene como organismo para la supervisión y control de este código al Jurado de la publicidad, acreditado por la Agencia.
  • AUTOCONTROL dispone de un sistema de resolución extrajudicial para resolver controversias que surjan entre los ciudadanos y las entidades adheridas al código con motivo de tratamientos de datos realizados en el ámbito de la actividad publicitaria. AUTOCONTROL estudiará las reclamaciones recibidas, iniciando el procedimiento de mediación. Cuando las reclamaciones en materia de publicidad contra las entidades adheridas se planteen directamente ante la Agencia, ésta podrá remitírselas al Jurado de la Publicidad, en su condición de organismo de supervisión del código de conducta.

Entrada en vigor

El código de conducta entrará en vigor el 28 de enero de 2023.

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La agricultura y los Esports

· 23 de diciembre de 2022 ·

Todo agricultor que se precie sabe que para disfrutar de una buena cosecha es necesario seguir una serie de fases que garanticen que esta sea abundante y de calidad. Cada una de ellas tiene unos tiempos y necesidades que deben respetarse.

Así, si siembras en un terreno seco y aislado, te obligará a llevar agua constantemente y en algún momento te cansarás y se secará. Si pones diez plantas donde sólo hay espacio para una, simplemente no crecerá ninguna. Si cosechas demasiado rápido sin dejar crecer la planta, tendrás fruto pequeño y escaso. Errores del agricultor impaciente o avaricioso.

Algo muy parecido pasa con nuevas industrias como los Esports. Si quieres que se asienten y florezcan, debes respetar unas fases. Es indudable el interés de la juventud por las competiciones de videojuegos y por las herramientas de visionado online y se sabe que juegos como el League of Legends o el FIFA ya funcionan en otros países. Los promotores de competiciones de Esports detectaron hace tiempo que España era un buen terreno para que pudiera desarrollarse y crecer la industria de los Esports. Así surgieron casos como la Superliga del League of Legends organizada por la LVP (Liga de Videojuegos Profesional) o la eLaliga para el FIFA.

Sin embargo, hay clubes de Esports que claramente se han saltado esta fase de estudio previo. Una osadía muy mal entendida les ha llevado a lanzarse a una aventura empresarial sin medir ni entender el modelo de negocio. Es normal que, en los primeros años, los gastos sean superiores a los ingresos y que este déficit se deba cubrir con aportaciones de los socios. Sin embargo, el faro que debe guiar a todo gestor es el de cuadrar las cuentas, centrando esfuerzos en generar ingresos y en contener gastos.

En el apartado de ingresos, si estos dependen fundamentalmente de los patrocinios, se debe potenciar infinitamente más la visibilidad y el poder publicitario de estas competiciones. Conozco de cerca la enorme dificultad de clubes para conseguir patrocinios por el mero hecho de que las empresas del tejido empresarial español no conocen ese mundo lo suficiente como para apostar por ello.

Los clubes también deben establecer su estrategia. Personalmente me gusta más el modelo de club territorial donde éste busca que se le asocie con un territorio o con un equipo de fútbol concreto. Así, en este modelo, el club (empresa) tiene mucho más claro donde debe centrar sus esfuerzos de celebración de eventos, de contacto con instituciones (locales y/o autonómicas) y, en definitiva, de implantación de marca para la generación de una fan base con la que acudir a empresas en la búsqueda de patrocinios.

Otros retos para facilitar ingresos pasan por proponer modificaciones legislativas en las normas tributarias y laborales buscando su equiparación con el deporte tradicional. Desde el punto de vista fiscal, sería interesante que el patrocinio a un equipo de Esports tuviera unas bonificaciones fiscales al estilo de las previstas en algún territorio foral para el patrocinio de deportes tradicionales o como las previstas para acontecimientos de excepcional interés público al que ya se han acogido numerosos eventos deportivos en España. Desde el punto de vista laboral, se trataría de intentar aplicar la normativa laboral de deportistas profesionales (RD 1006/85 de 26 de junio) para conseguir que, en defensa del principio de la estabilidad de las plantillas, se puedan establecer cláusulas de rescisión (no permitidas fuera del RD 1006/85) favoreciendo los ingresos por traspasos.

Y, por último, los organizadores de las competiciones, reconociendo el enorme esfuerzo de los clubes, deben apostar por asignar mayores cantidades por derechos audiovisuales y/o patrocinios de la propia competición.

En el apartado de los gastos, puedo decir que he participado en fichajes de futbolistas con salarios estratosféricos y asisto con asombro como se repiten algunos mismos patrones en negociaciones de contratos de jugadores de Esports. Jugadores y entrenadores quieren recolectar demasiado rápido, exigiendo unas condiciones económicas que hoy por hoy no se pueden pagar. Se está llegando al extremo de jugadores que llegan con representante para negociar un contrato de 25.000 €. No tiene sentido. Las cifras deben ajustarse a los ingresos que se esperan del club. Si no, corremos el riesgo (igual ya es tarde) de generar una absurda burbuja.

Otro error es querer seguir por seguir el ritmo de lo Esports. No creo nada recomendable generar en el club nuevas secciones a la misma velocidad que la industria genera nuevas competiciones de nuevos videojuegos. Si se hace, debería ir acompañado de un nuevo plan económico, normalmente con nuevos socios inversores para compensar las cuatro o cinco nuevas nominas más que pagar. Al igual que al agricultor no le crecerá ninguna de las diez plantas que plantó donde sólo había condiciones para una, el empresario que apueste por muchas competiciones de Esports donde sólo tenía presupuesto para una o dos, tendrá muchas posibilidades de que tengan un recorrido mucho más corto. En definitiva, los Esports pueden representar una oportunidad extraordinaria de inversión. Las cifras de seguimiento y aficionados (no patrocinadores) no dejan de crecer de forma exponencial. Sin embargo, se debe seguir trabajando para que este negocio se asiente y coja una velocidad de crucero que dé estabilidad económica en las cuentas de las empresas que han sido pioneras al apostar por el sector.  Ahora que comienzan las nuevas competiciones del año 2023 y se están cerrando plantillas y presupuestos, es un buen momento para reflexionar sobre ello.

Íñigo Ábrego

Íñigo Ábrego

Socio de Legal y Fiscal

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Haciendo balance sobre la normativa de protección de datos

· 23 de noviembre de 2022 ·

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) entró en vigor el 25 de mayo de 2018. Aunque no era la primera normativa en España en torno a la protección de datos, ya que había dos anteriores, la LORTAD de 1992 y la LOPD en 1999, este nuevo reglamento supuso un cambio de modelo de cumplimiento.

El RGPD trajo consigo, una nueva forma de concebir la protección de los datos personales. Fue una normativa, que cambió para siempre la concepción de la protección de datos y de un derecho fundamental, como es la privacidad
Y que sitúo, además, a Europa, como pionero mundial en este ámbito legislativo. Hasta entonces, las compañías se habían limitado a cumplir una serie de legislaciones específicas que regulaban el tratamiento de ese tipo de datos dentro de su actividad de negocio.

Sin embargo, el RGPD exigía a las empresas ir más allá del mero cumplimiento, desarrollando una auténtica estrategia de gestión de riesgos relacionados con la protección de datos.

Cuatro años después, es un buen momento para hacer balance y analizar cómo se han adaptado las empresas españolas a este nuevo marco legal.

Para ello tenemos a dos expertos en el área de privacidad y protección de datos de PKF Attest, Javier Lizarralde y Mariano Arostegui:

¿Quieres mas información sobre la normativa en protección de datos?

Ley de Mercados Digitales (LMD): las claves 

· 2 de noviembre de 2022 ·

La LMD tiene como objetivo poner fin a las prácticas desleales de los guardianes de acceso de las plataformas en línea.

¿Qué es un guardián de acceso?

Se trata de plataformas digitales que constituyen una pasarela de acceso importante entre los usuarios profesionales y los consumidores y cuya posición puede otorgarles el poder de actuar como regulador privado y, por lo tanto, generar un cuello de botella en la economía digital. 

Según la LMD se considerarán guardianes de acceso los que presten los siguientes servicios de intermediación en línea: 

  • tiendas de aplicaciones 
  • motores de búsqueda en línea 
  • servicios de redes sociales 
  • determinados servicios de mensajería 
  • servicios de plataformas de intercambio de vídeos 
  • asistentes virtuales 
  • navegadores web 
  • servicios de computación en nube 
  • sistemas operativos 
  • mercados en línea 
  • servicios de publicidad. 

¿Cómo saber si me aplica la ley? 

Hay tres criterios principales que hacen que una empresa entre en el ámbito de aplicación de la LMD: 

  • un tamaño que incida en el mercado interior, cuando la empresa realice un determinado volumen de negocios anual en el Espacio Económico Europeo (EEE) y preste un servicio básico de plataforma en al menos tres Estados miembros de la UE; 
  • el control de una pasarela importante entre los usuarios empresariales y los consumidores finales, cuando la empresa preste un servicio básico de plataforma a más de 45 millones de usuarios finales activos mensuales establecidos o situados en la Unión y a más de 10 000 usuarios profesionales activos anuales establecidos en la Unión; 
  • una posición arraigada y duradera en el caso de que la empresa haya cumplido el segundo criterio durante los tres últimos años. 

¿Qué se puede hacer y qué no? 

La LMD establece una lista de cosas que se pueden o no se pueden hacer a la que los guardianes de acceso tendrán que atenerse en su funcionamiento cotidiano para garantizar unos mercados digitales equitativos y abiertos.  

Estas obligaciones contribuirán a ofrecer a las empresas oportunidades de disputar los mercados y de rivalizar con los guardianes de acceso sobre la base de los méritos de sus productos y servicios, dándoles más margen para innovar. 

¿Cuándo empezará a aplicarse? 

Con su entrada en vigor, la LMD pasará a su fase crucial de ejecución y empezará a aplicarse dentro de seis meses, el 2 de mayo de 2023. A continuación, en un plazo de dos meses y a más tardar el 3 de julio de 2023, los posibles guardianes de acceso tendrán que notificar a la Comisión sus servicios básicos de plataforma si alcanzan los umbrales fijados por la LMD.  Una vez que la Comisión haya recibido la notificación completa, dispondrá de 45 días hábiles para evaluar si la empresa en cuestión alcanza los umbrales y para designarla como guardián de acceso (a más tardar el 6 de septiembre de 2023). Tras su designación, los guardianes de acceso tendrán seis meses para cumplir los requisitos de la LMD, a más tardar el 6 de marzo de 2024.

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Ley crea y crece: las claves de la reforma para las empresas

· 27 de octubre de 2022 ·

La ley crea y crece es una de las principales reformas del Plan de recuperación, transformación y resiliencia y pretende impulsar la creación de empresas y facilitar su crecimiento y expansión.

Crear una empresa será más fácil y más rápido.
Se podrá constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de 1 euro (antes 3.000 euros) y se podrán constituir de forma telemática, reduciendo plazos y costes.

Favorecer el crecimiento de las empresas.
Se mejora el marco regulatorio al simplificar la legislación existente y procedimientos más ágiles.

Lucha contra la morosidad.
La acción principal es impulsar el uso de la factura electrónica, obligando en la expedición y remisión.

Apoyo financiero al crecimiento empresarial.
Medidas para mejorar los instrumentos de financiación alternativos a la banca como el crowfunding, la financiación participativa, la inversión colectiva o el capital riesgo.

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