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Economía

Aprobada la normativa que regula el Registro Estatal de las entidades interesadas en los PERTE

· 11 de marzo de 2022 ·

10 de marzo de 2022

Orden HFP/168/2022, de 7 de marzo, por la que se regula el funcionamiento y estructura del Registro Estatal de las entidades interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica.

La presente orden se dicta en ejercicio de la habilitación legal contenida en el artículo 9.4 y en la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El objeto de la orden es regular la estructura y funcionamiento del Registro Estatal de las entidades interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (REPERTE) en el ámbito de la Administración General del Estado, así como los procedimientos necesarios para su utilización por los departamentos ministeriales interesados, como un instrumento de inscripción y certificación de la acreditación de las entidades interesadas en los PERTE aprobados por Consejo de Ministros.

La orden se estructura en 14 artículos, dos disposiciones adicionales, una transitoria y dos finales. Entre otras cosas, recogerá el objetivo, ámbito subjetivo, el acceso al Registro, el cual será público y se regirá por lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la información a remitir por el órgano competente respecto de cada entidad acreditada a inscribir, así como los órganos competentes.

Asimismo, el procedimiento se realizará en dos fases:

  1. De acreditación, en la que corresponderá a los ministerios competentes en cada uno de los PERTES establecer reglamentariamente las condiciones técnicas, económicas y jurídicas exigibles, recibir las solicitudes de los interesados, valorarlas y acordar o denegar la acreditación.
  2. De inscripción, en la que por parte de los ministerios responsables se comunicarán las resoluciones de acreditación adoptadas a la Intervención General de la Administración del Estado a efectos de su inscripción en el Registro

El REPERTE incluirá la inscripción de todas las entidades acreditadas como interesadas en un PERTE, públicas o privadas, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, ámbito territorial, independientemente de su forma de constitución, que hayan sido acreditadas por algún departamento ministerial como entidades interesadas en un PERTE aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros, de acuerdo con el procedimiento que cada uno establezca.

Respecto a su estructura, el registro se dividirá en secciones que corresponderán a cada uno de los PERTE que hayan sido aprobados por Acuerdo de Consejo de Ministros según lo dispuesto en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre. En cada una de las secciones se podrán, por un lado, abrir subdivisiones al nivel de proyecto si se establecen requisitos diferentes para la acreditación de las entidades interesadas y, por otro lado, se inscribirán las entidades que hayan sido acreditadas como interesadas en el PERTE por el departamento ministerial competente por razón de la materia.

Respecto a las funciones El REPERTE realizará las siguientes:

  • Dar difusión a los actos administrativos de acreditación de entidades interesadas de los distintos departamentos ministeriales responsables de los PERTE.
  • Garantizar una estructura común de los datos de las entidades interesadas en los PERTE.
  • Proporcionar un acceso a los datos de las entidades acreditadas.
  • Certificar la inscripción de una entidad en el Registro como acreditada por el Ministerio

Para concluir, la orden entrará en vigor el día 11 de marzo de 2022.

Novedades del Consejo de Ministros celebrado el 8 de marzo

· 9 de marzo de 2022 ·

PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

  • Real Decreto por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos.
    El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos y define los derechos y las obligaciones de los agentes que participan en la actividad.
    El Real Decreto define las dos figuras jurídicas que pueden participar en la actividad de recarga:
    • El operador del punto de recarga, titular de los derechos de explotación de las estaciones de recarga y responsable de su operación física.
    • La empresa proveedora de servicios para la movilidad eléctrica, un intermediario entre los operadores y los usuarios de vehículos eléctricos, que puede prestar servicios de valor añadido a dichos usuarios.
  • Acuerdo por el que se aprueba el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en economía circular (PERTE EC).
    El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE) de Economía Circular, un plan destinado a acelerar la transición hacia un sistema productivo más eficiente y sostenible en el uso de materias primas que pretende dar cumplimiento a los objetivos contenidos en la Estrategia Española de Economía Circular para el año 2030.
    De este modo, el PERTE apuesta por los tres objetivos fundamentales para el avance de la Economía Circular en la industria española:
    • El fomento del ecodiseño de los productos para hacerlos más duraderos y reparables desde su mismo origen, reduciendo los residuos.
    • La mejora de la gestión de residuos mediante plantas de tratamiento que incrementen la reutilización, el reciclado y la incorporación de materias primas recuperadas en la producción de nuevos bienes.
    • Y el impulso de la digitalización vinculada a ambos objetivos, que permitirá mejorar la competitividad e innovación del tejido industrial en cualquier sector.

La CNMV fija la normativa en publicidad sobre criptoactivos

· 20 de enero de 2022 ·

Circular 1/2022, de 10 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión

Su objetivo es desarrollar las normas, principios y criterios a los que debe sujetarse la actividad publicitaria sobre criptoactivos. En concreto, delimitará el ámbito objetivo y subjetivo de aplicación, así como las facultades de la CNMV en materia de supervisión y control de la publicidad de criptoactivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 240 bis del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre.

La presente Circular consta de siete normas, una disposición final y dos anexos.

  • Las normas primera y segunda, referidas a objeto y definiciones.
  • La norma tercera establece el ámbito de aplicación objetivo de la Circular y delimita las actividades que se consideran publicitarias. Por otro lado, se determina qué no se considerará actividad publicitaria algunas actividades profesionales («white papers», publicaciones que sobre criptoactivos que emitan los analistas o comentaristas independientes y que no estén patrocinadas o promocionadas), o determinados activos únicos no fungibles o aquellos que por sus características no sean susceptibles de ser objeto de inversión.
  • La norma cuarta se establece el ámbito de aplicación subjetivo. Se incluirá a los proveedores de servicios sobre criptoactivos cuando realicen actividades publicitarias y a los proveedores de servicios publicitarios, así como cualquier otra persona física o jurídica que, ya sea por iniciativa propia o a través de terceros, realice una actividad publicitaria sobre criptoactivos.
  • La norma quinta se refiere a los requisitos de formato y contenido que deberán reunir las campañas publicitarias, así como la información que sobre los riesgos del producto que publicitan deben incluir las comunicaciones comerciales, debiendo destacarse la exigencia de que la publicidad sea clara, equilibrada, imparcial y no engañosa y, en el caso de aquellas comunicaciones comerciales y piezas publicitarias que faciliten información sobre el coste o rentabilidad de un criptoactivo, estas deberán contener información clara, exacta, suficiente y actualizada, de forma adecuada a su naturaleza y complejidad, las características de los medios de difusión utilizados y el público objetivo al que se dirijan.
  • La norma sexta se refiere a las funciones supervisoras de la CNMV distinguiendo entre las campañas masivas dirigidas al público en general y el resto de las acciones publicitarias.
  • La norma séptima establece el régimen de comunicación previa al que deben sujetarse las campañas publicitarias masivas. Los sujetos obligados deberán aportar, al menos diez días hábiles antes de su ejecución, un documento de comunicación previa de campaña publicitaria masiva que se ajustará al modelo que la CNMV incluya al efecto en su página web, así como la restante documentación que se detalla en la citada norma.
  • Los Anexos a esta Circular contienen los principios y criterios generales a los que deberá ajustarse la publicidad, así como el contenido mínimo de la información sobre naturaleza y riesgos que deberá proporcionarse a los potenciales inversores en criptoactivos. El Consejo de la CNMV, de acuerdo con sus competencias, previo informe del Comité Consultivo de la CNMV y oído el Consejo de Estado, ha aprobado la Circular.

La circular entrará en vigor al mes de su publicación en el BOE.

 

Regulation & Public Policy

Ofrecemos servicios de asesoramiento regulatorio en un entorno empresarial en el cual es esencial contar con la mayor cantidad de información posible que favorezca la toma de decisiones. Desde el Grupo de Regulación & Public Policy estamos en disposición de ayudar a gestionar el riesgo regulatorio empresarial a través de nuestros servicios de monitorización normativa e inteligencia regulatoria.

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Aprobado el Plan Anual Normativo 2022

· 13 de enero de 2022 ·

Acuerdo por el que se aprueba el Plan Anual Normativo de la Administración General del Estado para el año 2022

En la elaboración del PAN-22 han participado todos los ministerios y las 368 propuestas normativas que lo componen desarrollan el programa de Gobierno y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Estas propuestas incluyen 92 leyes (11 orgánicas y 81 ordinarias) y 276 reales decretos. Casi cuatro de cada diez leyes (38,2%) desarrollan compromisos del PRTR. En total, 61 de los 368 proyectos están relacionados (un 16,57%).

Entre las normas que forman parte del PAN-22 destacan:

Transformación digital

  • Reforma de la Ley de ciencia, para garantizar una carrera investigadora atractiva y estable, impulsar la transferencia del conocimiento y fomentar la investigación facilitando la coordinación con las CCAA y los trámites administrativos para nuevos proyectos.
  • Reforma de la Ley de industria, que adapta el texto de 1992 a la realidad productiva y económica actual.
  • Ley para garantizar la seguridad de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas de 5G, que promoverá también la diversificación del mercado.
  • Real decreto por el que se desarrolla el estatuto de la startup de estudiantes, una herramienta pedagógica para que puedan realizar prácticas como si crearan su empresa realmente.

Cohesión social y territorial

  • Ley de vivienda, que regula las condiciones básicas para el disfrute del derecho a una vivienda digna, dotando a las administraciones públicas de instrumentos para contener la subida de precios y favorecer el acceso de los jóvenes.
  • Ley para la equidad, universalidad y cohesión del Sistema Nacional de Salud, que garantiza la homogeneidad de los servicios sanitarios en todo el territorio, establece la gestión pública directa como fórmula de gestión preferente y limita el establecimiento de nuevos copagos.
  • Ley de servicios sociales, comprometida en el acuerdo de gobierno para garantizar una cartera mínima de servicios en todo el territorio.
  • Real Decreto por el que se regula el sello de inclusión social, un distintivo público para empresas públicas y privadas que desarrollen actuaciones que contribuyan al tránsito de las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital a la participación activa en la sociedad.
  • Ley contra el racismo y otras formas de intolerancia.
  • Ley del régimen de organización de los municipios de menor población y de mejora de las relaciones de colaboración de las administraciones públicas, para digitalizar y modernizar los municipios rurales y contribuir así a frenar la despoblación.

Igualdad de género

  • Reforma de la Ley de protección integral contra la violencia de género, para avanzar en el cumplimiento de los compromisos internacionales y adecuarla al Pacto de Estado y a la Ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual.
  • Ley de acción integral contra la trata de seres humanos y de protección de las víctimas, que abordará especialmente la trata con fines de explotación sexual.
  • Modificación de la Ley de salud sexual e interrupción voluntaria del embarazo, para promover y garantizar la igualdad plena, real y efectiva de las mujeres en el acceso a la salud sexual y reproductiva y a la libre decisión sobre la interrupción voluntaria del embarazo.
  • Transposición de la Directiva sobre conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y los cuidadores, que establece nuevos derechos sobre el permiso parental y de cuidadores.

Transición ecológica

  • Ley por la que se establecen las normas para la implantación en España del sistema de gestión de la política agrícola común.
  • Ley de pesca sostenible e investigación pesquera, para impulsar la modernización del sector.
  • Modificación de la Ley sobre energía nuclear, en relación con los terrenos contaminados radiológicamente.
  • Transposición de la Directiva relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables.
  • Real Decreto sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos.
  • Otro bloque de normas se centra en la regeneración democrática, entre las que destacan la ley de prevención de intereses en el sector público y la ley de transparencia.

¿Qué es el marco normativo en una empresa?

· 21 de diciembre de 2021 ·

Conocer qué es el marco normativo en una empresa resulta fundamental para llevar a cabo una correcta gestión de esta.

Proporciona las bases sobre las cuales se construye y determina el alcance y naturaleza de la participación en la misma, basándose en una compleja combinación de estatutos y regulaciones legales, con el objetivo de que las actividades de la compañía se realicen de manera armónica y sin incurrir en riesgos de tipo legal.

En el post de hoy te indicaremos la importancia de su implementación y cumplimiento, así como también sobre quiénes deberían responsabilizarse de su gestión.

La respuesta a la pregunta “¿qué es el marco normativo en una empresa?”, implica varios matices, principalmente fundamentados por el hecho de que son un conjunto compuesto de reglamentos, normas y leyes, que se aplican a las actividades y/o las funciones que se incluyen en la planificación de carácter empresarial.

Como comentábamos al inicio, su identificación con antelación es esencial a fin de que las acciones se lleven a cabo con armonía y sin incurrir a ningún tipo de riesgo en sentido legal. Podría decirse que este delimita cómo y hasta dónde puede llegar tu empresa, permitiendo regular el mercado, previniendo el abuso de recursos y conservando cierto equilibrio económico.

No obstante, su alcance abarca muchos más aspectos beneficiosos, haciendo que sea de gran importancia entender en profundidad su funcionamiento.

No saber qué es el marco normativo en una empresa cuando se llevan a cabo acuerdos con fines lucrativos o comerciales, supone un riesgo para esta.

Es posible que desconozcas ciertos ordenamientos de tipo legal, o que, incluso consideres que los existentes no se aplican a tu compañía. Pero ¿qué sucedería si sí tuviesen incidencia? Esto podría repercutir en costes financieros significativos y problemas legales que son perfectamente evitables.

Por lo tanto, estructurar los planes que seguirá tu negocio y definir un marco normativo que se adapte a él, te evitarán muchos problemas, permitiéndote que cumplas con los parámetros dictaminados por la ley y sin cometer errores. Esto, a su vez, te llevará a cuidar la integridad y la reputación de la organización que diriges.

Una vez que conoces qué es el marco legal en una empresa, debes asegurar su cumplimiento. Para ello, se deben establecer procedimientos y políticas requeridas que permitan garantizar su seguimiento tanto por parte de empleados como de directivos o socios.

Dentro de este marco, encontramos dos ámbitos: el código ético y el requerimiento externo.

El primero puede ser voluntario y depende de lo que decidas especialmente para tu compañía. Sin embargo, el segundo es de cumplimiento obligatorio y no tienes la potestad de cambiarlo, siendo imprescindible que estés informado de posibles cambios normativos, instituyendo claras políticas internas para ello.

Incumplir o sobrepasar el marco normativo en una empresa puede incidir en diversas consecuencias penales, pudiendo obtener multas de gran valor económico e incluso pena de cárcel en los casos más graves.

De ahí la importancia de vigilar que cada una de las personas que estén bajo tu autoridad cumplan con su papel, siempre respetando el respectivo marco normativo que se aplique para la correcta dirección de tu organización.

A pesar de que es responsabilidad de todos adaptarse al marco normativo, debe haber un equipo encargado de gestionarlo y supervisarlo. Este será el responsable de que se apliquen las normativas éticas y legales impuestas, teniendo que desempeñar las siguientes funciones:

  • Verificar documentaciones: se esforzará en que las decisiones tomadas y las acciones a realizar se apliquen éticamente.
  • Brindar soporte para solucionar problemas: apoyará a los diferentes departamentos para que sean gestionados de manera eficiente y objetiva al resolver inconvenientes.
  • Proporcionarle a la compañía formación: formará en materia legal y jurídica a los empleados para que cumplan con las normativas evitando cualquier tipo de riesgo legal.

Si no cuentas con los profesionales cualificados para ello, desde PKF Attest te ofrecemos un servicio profesional en gestión de requisitos legales para empresas. Podrás contar con nosotros para lograr superar los retos normativos que enfrente tu empresa, recibiendo un asesoramiento completo en todo el proceso.

  • Prevendrás inconvenientes fiscales y legales a corto, mediano y largo plazo.
  • No obtendrás gastos monetarios derivados por el incumplimiento de leyes.
  • Evitarás problemas legales que dañen la cuidadosa reputación creada por el bien de tu corporación.
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