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Economía

La coauditoría posibilitará la entrada de nuevos actores al mercado de auditoría de grandes empresas

· 6 de febrero de 2023 ·

En la aprobación reciente de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 se ha incorporado una modificación de la Ley de Auditoría de Cuentas que va a posibilitar a los auditores de Entidades de Interés Público (EIPs) el prorrogar los contratos de auditoría de dichas entidades hasta los 20 años, si se realiza un concurso público al finalizar el periodo actual máximo de 10 años, o hasta los 24 años si se adopta la coauditoría con otro auditor (14 años adicionales en lugar de los 4 actuales).

Dichos cambios están en línea con el Reglamento europeo sobre la auditoría legal de EIPs y que, en su momento, nuestro legislador no quiso adoptar siendo más restrictivo.

En relación a la ampliación del plazo de coauditoría desde los 4 hasta los 14 años parece que hay un consenso general en que ayudará a reducir la concentración del mercado auditor de EIPs, a dinamizar dicho mercado y a disminuir el riesgo sistémico del mismo al incorporar la competencia de otras firmas medianas capacitadas.

Impulsar una mayor competencia e independencia era uno de los principales objetivos de la reforma de la UE llevada a cabo en 2014 sobre la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas anuales consolidadas y los requisitos específicos para la auditoría legal de las EIPs.

Nuestro legislador recogió en la Ley de Auditoría de Cuentas del año 2015 (LAC 22/2015, de 20 de julio) un cierto fomento de la coauditoría, al facilitar en las prórrogas de los contratos de auditoría de EIPs cuatro años más adicionales de plazo si se contrataba al mismo auditor junto a otro para una actuación conjunta como auditores en ese periodo adicional. Plazo excesivamente corto para motivar una alternativa viable al modelo de auditoría de un único auditor, dado el escaso margen de tiempo que otorgaba para hacer los contratos de coauditoría atractivos en dicho plazo. El hecho es que, desde la aprobación de la LAC en el año 2015, las experiencias de coauditoría en España han sido contadas.

La ampliación del plazo a 14 años incentivará en mucha mayor medida la coauditoría y posibilitará la apertura del mercado de auditoría de EIPs

La práctica de la coauditoría tiene importantes beneficios para la empresa auditada (mejora de la transparencia y calidad de la información financiera y del trabajo de auditoría, mayor objetividad e independencia, fomento de la visión crítica sobre la problemática técnica, etc). Pero, adicionalmente, supone una fórmula que permite la entrada de nuevos actores al mercado de auditoría de grandes empresas, particularmente poco competitivo en nuestro país, al facilitar un incremento de la oferta de alternativas viables para competir en los procesos de elección de auditor.

Sin duda, la ampliación del plazo a 14 años incentivará en mucha mayor medida la coauditoría y posibilitará la apertura del mercado de auditoría de EIPs, consiguiendo que la oferta de los servicios de auditoría gire a través de un mayor número de firmas con suficiente capacidad, reputación y credibilidad.

Respecto al aumento hasta los 20 años del plazo máximo para auditar EIPs si se realiza un concurso público al termino de los 10 primeros, si bien el mismo puede suscitar una amenaza a la independencia al otorgar la posibilidad de que el auditor actual se perpetúe 10 años más, la sujeción a su designación vía concurso público con las suficientes garantías, junto al contexto actual del mercado y de las empresas, donde ya se ha interiorizado la necesidad de aplicar medidas de buen gobierno corporativo que faciliten y promuevan la rotación de auditores como una sana política de gestión, harán que dicha medida aprobada tal vez no tenga un uso generalizado y, por tanto, no suponga un efecto perverso sobre la independencia del auditor.

Autores

José Miguel Albisu

José Miguel Albisu

Socio de Auditoría

Linkedin
Alfredo  Ciriaco

Alfredo Ciriaco

Socio de Auditoría

Linkedin
Gustavo Bosquet

Gustavo Bosquet

Socio de Auditoría

Linkedin

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Consulta pública para establecer una deducción en el IRPF por inversiones extranjeras en la Comunidad de Madrid

· 26 de enero de 2023 ·

La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid ha sacado a consulta pública el Anteproyecto de ley por el que se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, para establecer una deducción por inversiones de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero, en el ámbito del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

El fin del anteproyecto consiste en establecer una deducción en el impuesto sobre la renta de las personas físicas por inversiones en la región de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero.

Asimismo, pretende los siguientes objetivos:

  • Captación de flujos monetarios y generar atractivos para seguir canalizando inversiones que impacten positivamente en la región.
  • Incentivar la llegada de nuevos inversores extranjeros, favoreciendo la generación de empleo, la creación de nuevas empresas y el crecimiento de las que ya operan, reforzando así a la Comunidad Madrid como centro de atracción de inversiones, empresas y talento.

El plazo para enviar comentarios finaliza el 2 de febrero de 2023.

Accede a la nota completa

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Conclusiones del Anteproyecto de Ley de Movilidad

· 11 de enero de 2023 ·

El pasado 12 de diciembre, se celebró en nuestras oficinas de Madrid una sesión sobre Movilidad Sostenible.

En ella participaron representantes de diversas asociaciones y empresas del sector de la automoción, AECA-ITV, ANESDOR, ANFAC, ANGED, Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución, Asociación Española de la Carretera (AEC), GANVAM, CONFEBUS | Confederación Española de Transporte en Autobús, FESVIAL (FUNDACIÓN ESPAÑOLA PARA LA SEGURIDAD VIAL), Repsol, para debatir y extraer conclusiones sobre este Anteproyecto de ley.

Las conclusiones de la sesión fueron:

Revisado el contenido de Anteproyecto de Ley se podría concluir que responde a un diseño de movilidad con fuerte carga ideológica, su redacción se aleja de un texto legal. En los términos conocidos en este momento, obligará a un profundo trabajo parlamentario para que, en función de criterios solventes acordes con la realidad económica, social y medioambiental de España, se pueda avanzar en pro de un tráfico más seguro y limpio.

El tráfico seguro y limpio, conceptos ampliamente compartidos, deben considerarse como un binomio incuestionable cuando se trabaja sobre la movilidad.

Por ello se puede entender oportuno:

  1.  Abordar el diseño de la movilidad no solo obliga a considerar la necesaria coordinación con el deseado desarrollo económico y social del país, sino también a distinguir los distintos escenarios que existen: grandes urbes, otras y el medio rural. El tráfico y las emisiones consecuencia del mismo, son homogéneas en cada uno de los escenarios antes enseñados. No parece, por tanto, adecuado usar el parámetro de población para establecer restricciones. El parámetro correcto sería el nivel de emisión de gases contaminantes.
  2. El entramado burocrático y de informes que incluye la norma genera un ámbito de actuación complicado y confuso para los actores de la economía privada con el consiguiente efecto negativo.
    La indefinición de ciertas variables y una excesiva remisión al desarrollo reglamentario genera una notable inseguridad jurídica, constituyendo así otro factor de riesgo para los afectados, sin cuyo concurso no se podrán lograr los objetivos deseados.
  3. Entendiendo de interés rebajar las emisiones de gases contaminantes con origen en la movilidad, aun cuando no es único emisor ni emisor principal, resulta imprescindible actuar para que la circulación sea más limpia y segura. Por ello, y conscientes de que el vehículo más antiguo es más inseguro y contaminante, que la demanda y la importación del coche usado se incrementa, y que la antigüedad de nuestro parque móvil ha aumentado, estando por encima de la media de los países de la UE, resulta imprescindible perfeccionar el modelo de renovación del parque móvil. Y así, introducir medidas eficaces que permitan un parque móvil de menos antigüedad.
  4. Lograr una circulación más segura y limpia obliga al perfecto estado de conservación del vehículo y, por ello, a la adopción de medidas eficaces para evitar el absentismo en la Inspección Técnica del Vehículo.

Objetivos generales de la nueva Ley de Startups

· 22 de diciembre de 2022 ·

La ley promueve la inversión en innovación, impulsa los instrumentos públicos de apoyo al ecosistema de empresas emergentes y refuerza la colaboración público-privada con el fin de impulsar el crecimiento de estas empresas.

Los objetivos generales de esta ley son los siguientes:

  • Fomentar la creación, el crecimiento y la relocalización de empresas emergentes en España, en especial de las microempresas, de las pequeñas y las medianas empresas emprendedoras, fijando además las condiciones que favorezcan su capacidad de internacionalización.
  • Atraer talento y capital internacional para el desarrollo del ecosistema español de empresas emergentes.
  • Estimular la inversión pública y privada en empresas emergentes.
  • Favorecer la interrelación entre empresas, agentes financiadores y territorios para aumentar las posibilidades de éxito de las empresas emergentes, con especial atención al fomento de polos de atracción de empresas emergentes en entornos rurales, y especialmente, en aquellas zonas que están perdiendo población, en aras de una mayor cohesión social y territorial.
  • Impulsar el acercamiento entre la formación profesional y la universidad y las empresas emergentes.
  • Contribuir a incrementar la transferencia de conocimientos de la Universidad y de los organismos públicos de investigación y restantes agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación al mundo empresarial.
  • Eliminar las brechas de género existentes en el ecosistema español de empresas emergentes.
  • Apoyar el desarrollo de polos de atracción de empresas e inversores.
  • Impulsar la compra pública innovadora con empresas emergentes.
  • Garantizar la eficacia y coherencia del sistema estatal de ayudas al emprendimiento basado en innovación.
  • Promover el seguimiento participativo de la evolución del ecosistema español de empresas emergentes y de los resultados de esta ley.
Accede aquí al impacto completo

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Ley crea y crece: las claves de la reforma para las empresas

· 27 de octubre de 2022 ·

La ley crea y crece es una de las principales reformas del Plan de recuperación, transformación y resiliencia y pretende impulsar la creación de empresas y facilitar su crecimiento y expansión.

Crear una empresa será más fácil y más rápido.
Se podrá constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de 1 euro (antes 3.000 euros) y se podrán constituir de forma telemática, reduciendo plazos y costes.

Favorecer el crecimiento de las empresas.
Se mejora el marco regulatorio al simplificar la legislación existente y procedimientos más ágiles.

Lucha contra la morosidad.
La acción principal es impulsar el uso de la factura electrónica, obligando en la expedición y remisión.

Apoyo financiero al crecimiento empresarial.
Medidas para mejorar los instrumentos de financiación alternativos a la banca como el crowfunding, la financiación participativa, la inversión colectiva o el capital riesgo.

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